Que digo yo que vale, que le sigamos el juego a Catalá, ese ministro nuestro de Justicia, y abramos el debate sobre los límites del derecho de información.
No, nos rasguemos las vestiduras, no nos untemos de ceniza los cabellos. El derecho a la información tiene límites, tiene que tenerlos, como todos los derechos aunque a nosotros se nos olvide adrede ese pequeño detalle cuando son nuestros derechos.
Así que debatamos.
Debatamos por qué se habla ahora de poner límite a la información sobre sumarios judiciales y no se hizo cuando durante meses y años los medios de víscera y suceso hicieron un juicio paralelo de jóvenes acusados de complicidad en el crimen de Marta del Castillo que luego fueron declarados inocentes ¿por qué no se pidió entonces multas a los medios que se saltaron día tras día su presunción de inocencia hablando y escribiendo de ellos como culpables?.
Debatamos sobre el derecho de los medios a filtrar y publicar sumarios judiciales en el caso de Rocío Wanninkhof y a tratar a Dolores Vázquez como una asesina solo porque caía mal, porque se negaba a dar pábulo a los medios, porque la sociedad necesitaba despertarse cada mañana con otro pedazo de carnaza, con otro monstruo al que lapidar, ¿por qué no se debatió entonces si con un simple "presunto" delante de una frase se evita todo el daño que puede hacer en la vida de una persona presentarla como culpable de un crimen cuando es inocente?
Debatamos por qué se permite a medios de comunicación seguir llamando terroristas a personas que nunca han sido condenados por ese delito, por qué no hay multa ni castigo para los medios que se saltan las leyes de protección del menor a la torera y revelan antecedentes policiales de esa época de su vida de personas detenidas en manifestaciones -algo prohibido por ley incluso para las instituciones del Estado-, por qué se permite poner en titulares los nombres de menores acusados participar en crímenes como el asesinato de Sandra Palo o de Marta del Castillo.
Debatamos qué derecho tienen los medios de catalogar los delitos o los asesinatos como violencia de género treinta segundos después de que se hayan cometido, sin que se haya iniciado siquiera una investigación o por qué nadie obliga a publicar con la misma profusión y lujo de detalles las absoluciones judiciales de algunos -un 40 por ciento, más o menos- de esos acusados que el momento en el que fueron detenidos como sospechosos de un crimen del que luego son declarados inocentes.
Debatamos, debatamos, debatamos.
Discutamos si es justo que los medios conviertan los juicios en linchamientos públicos de personas que aún no han sido declaradas culpables por juez alguno, si necesitamos más educación para saber que la presunción de inocencia es indispensable para poder confiar en la justicia, que los titulares de prensa o las investigaciones periodísticas no son pruebas de cargo, que son los jueces y los tribunales y no nuestros miedos, nuestras vísceras y nuestra necesidad de venganza o justicia los que deciden la culpabilidad y la inocencia de todos los acusados.
Discutamos de cual es el motivo de qué no se tomen medidas contra medios de comunicación que siguen tratando como culpables fugados a personas que han sido declaradas inocentes por un juez, en lugar de asumir que su decisión inicial de condenarlas era un error y no les correspondía.
Hablemos de eso. Ese debate me parece positivo y necesario para no regresar a los tiempos del juez Lynch en el salvaje oeste, las lapidaciones públicas o los autos de fe.
Pero si solo lo vamos a hacer "en casos de corrupción para proteger la presunción de inocencia y evitar juicios paralelos", va a ser que no, señor Catalá, va a ser que no.
Los limites del derecho a la libertad de información se colocan donde empiezan los derechos individuales del ciudadano a ser tratado con justicia por la sociedad en su conjunto, no solamente por los jueces y tribunales. Pero no chocan con la necesidad de su partido y de los políticos en general de mantener en secreto sus tejemanejes para evitar que la corrupción afecte a sus expectativas electorales y su permanencia en el poder.
Con eso no chocan los derechos de los medios de comunicación, lo siento. Eso es parte de su obligación.
Debatamos por qué se permite a medios de comunicación seguir llamando terroristas a personas que nunca han sido condenados por ese delito, por qué no hay multa ni castigo para los medios que se saltan las leyes de protección del menor a la torera y revelan antecedentes policiales de esa época de su vida de personas detenidas en manifestaciones -algo prohibido por ley incluso para las instituciones del Estado-, por qué se permite poner en titulares los nombres de menores acusados participar en crímenes como el asesinato de Sandra Palo o de Marta del Castillo.
Debatamos qué derecho tienen los medios de catalogar los delitos o los asesinatos como violencia de género treinta segundos después de que se hayan cometido, sin que se haya iniciado siquiera una investigación o por qué nadie obliga a publicar con la misma profusión y lujo de detalles las absoluciones judiciales de algunos -un 40 por ciento, más o menos- de esos acusados que el momento en el que fueron detenidos como sospechosos de un crimen del que luego son declarados inocentes.
Debatamos, debatamos, debatamos.
Discutamos si es justo que los medios conviertan los juicios en linchamientos públicos de personas que aún no han sido declaradas culpables por juez alguno, si necesitamos más educación para saber que la presunción de inocencia es indispensable para poder confiar en la justicia, que los titulares de prensa o las investigaciones periodísticas no son pruebas de cargo, que son los jueces y los tribunales y no nuestros miedos, nuestras vísceras y nuestra necesidad de venganza o justicia los que deciden la culpabilidad y la inocencia de todos los acusados.
Discutamos de cual es el motivo de qué no se tomen medidas contra medios de comunicación que siguen tratando como culpables fugados a personas que han sido declaradas inocentes por un juez, en lugar de asumir que su decisión inicial de condenarlas era un error y no les correspondía.
Hablemos de eso. Ese debate me parece positivo y necesario para no regresar a los tiempos del juez Lynch en el salvaje oeste, las lapidaciones públicas o los autos de fe.
Pero si solo lo vamos a hacer "en casos de corrupción para proteger la presunción de inocencia y evitar juicios paralelos", va a ser que no, señor Catalá, va a ser que no.
Los limites del derecho a la libertad de información se colocan donde empiezan los derechos individuales del ciudadano a ser tratado con justicia por la sociedad en su conjunto, no solamente por los jueces y tribunales. Pero no chocan con la necesidad de su partido y de los políticos en general de mantener en secreto sus tejemanejes para evitar que la corrupción afecte a sus expectativas electorales y su permanencia en el poder.
Con eso no chocan los derechos de los medios de comunicación, lo siento. Eso es parte de su obligación.
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