Iba yo a hablar de la Ley de Custodia Compartida valenciana y de la incongruencia que supone que aquellos que son llamados conservadores no se preocupen en absoluto de conservar la situación y aquellos que son llamados progresistas no hagan el más mínimo esfuerzo para que progrese, cuando me he encontrado otra cosa, otra pincelada, otro hecho y otra presentación del hecho que me ha cambiado el paso y la reflexión.
Investigado un juez por dar la custodia de un niño a un maltratador, reza el titular. Y yo pienso, ya está, tenía que ocurrir, entre tanto ir y venir de sentencias judiciales, algo se le escapó al sistema, algo se pasó por alto.
Porque puede que, de repente, me disfrace de feminista radical y no confie en la imparcialidad de los jueces, puede que les crea machistas -que no lo hago-, puede que piense que quieren mantener los roles del patriarcado opresor. Pero no les considero imbéciles. Y dar aposta la custodia de un menor a un hombre condenado por maltrato es de ser idiota, tal y como eestá el patio en estos momentos.
Pues bien, empiezo a leer y descubro que el juez, sevillano en cuestión, es imbecil -perdone Su Señoría, es por seguir con la argumentación-. Lo es porque lo ha hecho a sabiendas de la condición del padre.
Los disfraces le sientan mál a mi ajada piel así que, en lugar de comenzar a soltar lemas contra el patriarcado y de clamar contra el machismo imperante y opresor, me quito el disfraz de feminista que me permitió descubrir la imbecilidad del juez y comienzo, por decirlo de algún modo, un acercamiento más lateral al asunto. Es decir, leo el texto de la noticia.
Y lo primero que me encuentro es que la sentencia la dicta el titular del Juzgado de Violencia Contra la Mujer numero 2 de Sevilla. Mi estupor no tiene límites.
Dejando a un lado -¿o quizás no debería hacerlo?- el hecho de que un juzgado de Violencia contra la Mujer está dirimiendo una custodia -¿no estaban para eso los Juzgados de Familia?- me encuentro imposibilitado de creer que el titular del mismo desconozca que aquel al que le ha concedido la custodia es un maltratador.
Así que, yo que soy de esos que se preocupan cuando no saben algo, me pregunto ¿qué hizo este hombre para ser considerado un maltratador? No lo encuentro en la noticia. Sé que ha sido condenado pero no sé porque qué actos. Insisto y descubro que parece que la condena -ya cumplida por cierto- en realidad no le llevó a la carcel. No se porque fue condenado pero eso me permite saber porque no lo fue. No lo pudo ser por agresiones reiteradas, no lo pudo ser por lesiones o por violación o por níngun maltrato físico continuado.
¿Por qué lo sé?, ¿por qué como un mulato remedo de Sherlock Holmes no he descubierto enrojecimiento alguno en sus nudillo o restos o una postura de brazos que le delate como un pugilista habitual? ¿por qué de repente me ha salido una barba entrecana y me he puesto en modo Gil Grissom sin descubrir restos epidérmicos en sus uñas o laceraciones micro´scopicas en su piel?. Pues no es por nada de eso. Lo sé por la ley que le ha condenado.
Si el maltrato es grave, es continuado, es reiterado el condenado ingresa en prisión. No hay vuelta de hoja. Con lo que no hay problema a la hora de asignar la custodia del menor. Ningún encarcelado puede tener la custodia de un menor. En eso todos somos iguales, al menos de momento.
La Ley Integral de Violencia contra la Mujer sólo permite que no se encarcele al condenado cuando los maltratos por les que se le condena son menores. Esto es, van desde una agresión leve no reiterada -una bofetada, por ejemplo,- hasta un insulto.
Comienzo a mover la balanza de la imbecilidad del magistrado a la ley -esta ley en concreto, no se me malinterprete-.
Pero aún así, me parece en extremo arriesgado para su salud profesional que un magistrado retire la custodia a una madre que es, además -según la ley, no segun el sentido común y la justicia-, una mujer maltratada una custodia así que cambio de nuevo el enfoque, me vuelvo aún más Sergio Ramos, más Abidal, más lateral. Dejo de preguntarme por qué le da la custodia al padre condenado y empiezo a preguntarme por qué se le quita a la madre legalmente maltratada.
Tardo dos minutos en descubrir en Internet -y no lo digo para echarme rosas, sino para echarle cardos a quien ha publicado el teletipo sin preocuparse de nada más- que la mujer incumplió sistemáticamente el régimen de visitas. Que el propio fiscal recomendó el cambio de custodia. ¿por qué?
Porque ella tenía la custodia y como su ex era un maltratador convicto tenía que visitar a su hijo en un entorno controlado y vigilado. Hasta ahí bien.
Pero la cosa cambio cuando los y las profesionales del Punto de Encuentro emitieron un informe en el cual se veía la niño "alegre y participativo" en los encuentros y se creía que evolucionaba favorablemente al conocimiento con el padre. Fue entonces cuando el juez -el mismo juez- haciéndo caso de esos informes, no de las dolientes quejas de la mujer, decidió que el padre podía llevarse al niño a pernoctar a su casa.
Fue entonces cuando la madre dejó de cumplir la ley. Lo repito para empaparme de ello, para que todos nos empapemos de ello. La madre dejó de cumplir la ley.
La semana siguiente el niño no apareció porque estaba enfermo, a la siguiente hubo de ingresarle en un hospital aquejado de una diarrea que se supone crónica -el niño tiene cuatro años- y de repente, en un sólo fin de semana, se le diagnosticaron diarrea crónica, síndrome de colon irritable, hipoglucemia e intolerancia a la lactosa. Fue entonces cuando empezó a ser tratado en la unidad de Psiquiatría de un hospital hispalense.
Fue entonces cuando el abuelo de la criatura se puso en contacto con los responsables del punto de encuento para decir que el niño no acudiría nunca más a los encuentros con su padre.
¿Era el miedo a su condenado progenitor causante de la diarrea del niño?, ¿era el aliento paterno el agente patógeno que le irritaba el colon?, ¿era el agrio caracter de su padre el motivo médico de sus bajadas de azucar?, ¿era la mala leche del hombre lo que motivaba la intolerancia a la lactosa del pequeño?
Si fuera así el tipo ya estaría recluído en algún centro militar secreto para ser utilizado como arma biológica. Pero todos sabemos que no, que no era eso. Que era otra cosa.
Pero sigamos con el relato, que nos dispersamos. Fue entonces cuando, después de cinco incomparecencias seguidas y el anuncio de desobediencia del abuelo, el juez decretó una multa coercitiva por incumplimiento del régmen de visitas. Multa que no se ha abonado.
Fue entonces cuando se defendieron alegando que al menor se le había prescrito reposo y por eso no podía ir al punto de encuentor ni, mucho menos a casa, de su padre. Fue entonces cuando se dijo que su enfermedad le había hecho faltar a clase 18 días en el trimestre escolar. Que tenía que recibir medicación continua.
Fue entonces cuando la patata caliente de la imbecilidad saltó de la ley -de esa ley en concreto- y aterrizó sobre el mismísimo regazo de la madre doliente.
¿Qué hace que la necesidad de reposo del niño le impida ver a su padre?, ¿no puede ser trasladado reposadamente en un coche, ser subido reposadamente en brazos hasta el domicio del chaval, pasar reposadamente el fin del semana jugando en el suelo con sus juguetes y su padre o viendo la televisión reposadamente en el sofá, dormir reposadamente en su cama y ser de nuevo, siempre reposadamente, trasladado de nuevo al domicilio de su madre de idéntica manera?
Un trimistre escolar tiene 60 días ¿no es más relevante saber que el niño, pese a todas sus enfermedades y su necesidad de reposo, pudo ir 42 días a clase y sólo tuvo que faltar dieciocho?
¿Es manco el padre del niño, está impedido físicamente como para no poder facilitar la medicación a su hijo, padece alguna enfermedad cognitiva que haga lógico suponer que olvidará hacerlo? ¿por qué se supone que si el niño pernocta en casa de su padre no recibirá su medicación?
Pero el relato continua inexorable hacia su conclusión final. Fue entonces cuando el padre -un tipo no muy tranquilo, eso es cierto y que se merece la sentencia por la agresión ocasional- incumplió la orden de alejamiento y acudió a casa de su ex suegro para reclamar ver a su hijo. Fue entonces cuando se pegó con él. De nuevo la ley le hace reo de una condena por quebarntamiento de alejamiento y le hace merecedor de un juicio en el que se dirimirá si él y su ex suegro han agredido el uno al otro o no.
¿Si su ex mujer no hubiera incumplido sus compromisos con la justicia él hubiera quebrantado la orden de alejamiento? Había tenido varios años para hacerlo y no lo había hecho. No voy a contestar a esa pregunta, pero de repente se me viene a la cabeza una reflexión -¿quién me habrá pegado esto de las reflexiones repentinas?-:
Resulta muy fácil perjudicar a alguien cuando ese alguien tiene prohibido acercarse a ti y comete un delito solamente con intentarlo. Creo haber leído en alguna parte que eso entra dentro de la más pura esencia de la definición de impunidad.
Pero todo eso, por más que se intente utilizar no elimina el hecho de que la otra causa tiene razón. De que su ex mujer quebrantó el régimen de visitas, de que su ex mujer ha desobedecido de forma flagrante, pública y continuada a un juez, de que su ex mujer le ha privado de ver a su hijo sin motivo legal alguno, de que su ex mujer solamente le ha permitido verle 19 horas en cuatro años, de que su ex mujer hizo algo que, según la ley, la incapacita para mantener la custodia de su hijo.
Y eso es lo que ha hecho el juez. Aplicar la ley, como aplica contra el padre una condena de maltrato por un incidente ocasional, como aplicó la de visitas en un punto vigilado. Ha hecho lo mismo que hizo cuando la ley beneficiaba a la madre ¿por qué ha de ser investigado cuando aplica la misma ley por el simple hecho de que esa aplicación beneficie al padre?
Insultar a tu ex en mitad de un divorcio no te incpacita para ser padre -como es reconocido que no te incapacita para ser madre- y ser reconocida como víctima en un proceso de maltrato, aplicando la Ley Integral de Violencia contra la Mujer, no te capacita automáticamente para ser madre.
Quizás su señoría haga lo que debe. Actuar según los hechos y las leyes. Quizás los legisladores no lo hagan y por eso intentan forzar una ley que incapacite automáticamente como padre a todo aquel que se encuentre inmerso en una acusación de maltrato.
Quizás debamos volver al colegio todos para que nuestros profesores de primaria nos recuerden que los hijos son de dos personas y nuestros profesores de bachillerato que no son ni de ni de otros. Que son intrínsecamente suyos. Que solamente se pertenecen a sí mismos. Que son una responsabilidad, no una posesión.
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